Promover el marco de interoperabilidad (CR0006)
General
De un vistazo
Plan de ACCION: Plan de Acción de Costa Rica 2013-2014
Ciclo del Plan de Acción: 2013
Estatus
Instituciones
Institución líder: Secretaría Técnica de Gobierno Digital.
Institución(es) de apoyo: NA
Áreas de política
Desarrollo de capacidadesRevisión de IRM
Informe de IRM: Informe de progreso de Costa Rica 2013-2014
Primeros resultados: sin datos de IRM
Diseño i
Verificable: Sí
Relevante para los valores de OGP: No
Ambición (consulta: definición): Bajo
Implementación i
Descripción
Tal como lo ha señalado la presidenta Laura Chinchilla Miranda, un objetivo central de este gobierno es eliminar los trámites innecesarios y la burocracia excesiva. Para ello, es necesario que las instituciones públicas compartan información y que se realice en forma electrónica y segura. El Marco de Interoperabilidad simplificará los procesos y actividades requeridas para la conectividad de las Instituciones del Estado a fin de aumentar el número de prestaciones que se realizarán sin requerir documentos certificaciones adicionales a los ciudadanos.
Este marco consiste en proporcionar la herramienta destinada a gestionar la interoperabilidad en el Estado.
Con la implementación del marco de interoperabilidad se aplicará la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos que establece en su artículo 2: “Presentación única de documentos: La información que presenta un administrador ante una entidad, órgano o funcionario de la Administración Pública, no podrá ser requerida de nuevo por estos, para ese mismo trámite u otro en esa misma entidad u órgano. De igual manera, ninguna entidad, organismo o funcionario público, podrá solicitar al administrador, información que una o varias de sus oficinas emitan o posean. Para que una entidad, órgano o funcionario de la Administración Pública pueda remitir información del administrador a otra entidad, órgano o funcionario, la primera obligación contar con el consentimiento del administrado. Quedan excepto las aplicaciones de este artículo las personerías jurídicas ”.