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Panamá

Plan Estratégico Nacional para la Ley del Servicio Civil (PA0013)

General

De un vistazo

Plan de ACCION: Panamá, Segundo Plan de Acción, 2015-2017

Ciclo del Plan de Acción: 2015

Estatus

Instituciones

Institución líder: Dirección General de Carrera Administrativa (DIGECA)

Institución(es) de apoyo: Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI) Lcdo. José Espinosa, Lcda. Kathia Díaz (Comisión de Justicia y Paz), Lcdo. Jacob Carrera (Alianza Ciudadana Pro Justicia), Lcdo. Carlos Gasnell Acuña (Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana-TI), Lcda. Karla Pinder (Alianza Ciudadana Pro Justicia)

Áreas de política

Desarrollo de capacidades, Derechos humanos, Trabajo

Revisión de IRM

Informe de IRM: Informe de fin de período de Panamá 2015-2017, Informe de progreso de medio término de Panamá 2015-2017

Resultados iniciales: no cambió

Diseño i

Verificable: Sí

Relevante para los valores de OGP: No

Ambición (consulta: definición): Bajo

Implementación i

Terminación:

Descripción

La Ley de Carrera Administrativa no se puede implementar de manera efectiva en la actualidad; puesto que se requiere la modificación de la Ley de Carrera Administrativa. Asesorar y fiscalizar a los entes públicos en la implementación y la correcta aplicación del plan estratégico.

Resumen de estado de fin de período de IRM

Compromiso 8. Cumplimiento del Plan Estratégico Nacional de la Carrera Administrativa

Texto del compromiso:

Elaborar y aplicar el 'Plan Estratégico Nacional' para hacer cumplir las políticas, procedimientos e instrumentos técnicos de recursos humanos en el sector público, aplicar y aplicar las disposiciones contempladas en la Ley 9 de 20 de junio de 1994.

Hitos

8.1 Actualización de Manuales Institucionales de Clases Ocupacionales; además, la elaboración de los manuales para las instituciones que no cuentan con dicho instrumento.

8.2 Aplicar en todo el sector público el instrumento para evaluar el rendimiento y el rendimiento de los servidores públicos.

8.3 Identifique las necesidades de capacitación y formación de los servidores públicos para diseñar, planificar, elaborar y aplicar un plan de capacitación en todas las instituciones del sector público.

8.4 Convocar a analistas y jefes de personal que trabajan en la aplicación de las veintiocho (28) acciones de RR. HH., Para unificar criterios en cuanto a su aplicación, e incluye la aplicación de un sistema tecnológico interinstitucional para registrador de acciones.

8.5 Coordinar la integración de los programas de Bienestar Social, Incentivos y Salud Ocupacional en todas las instituciones públicas.

Institución responsable: Dirección General de Carrera Administrativa.

Institución (es) de apoyo: NA

Fecha de inicio: julio de 2015. Fecha final: junio de 2017

Objetivo del compromiso

Desde la perspectiva de las organizaciones de la sociedad civil entrevistadas [Nota 64: Maribel Jaén (Comisión de Justicia y Paz Panamá), entrevistada por la investigadora del MRI el 18 de agosto de 2016. Carlos Gasnell (Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana), entrevistado por la investigadora del MRI el 22 de agosto de 2016.], El sector público panameño no tiene capacidad para atraer o retener un personal capacitado ni para influir de manera efectiva y positivamente a sus funcionarios.

Además, en el país no existe un sistema de ingreso a la función pública basada en méritos, y una modificación a la Ley de la Carrera Administrativa (LCA 43-2009) representa un retroceso para el servicio civil al autorizar la contratación por fuera del procedimiento ordinario de ingreso.

Este compromiso pretendía cambiar esta situación mediante la creación de concursos seleccionados en competencias profesionales para la selección de personal para puestos públicos. Para lograrlo, la Dirección General de Carrera Administrativa (DIGECA), responsable del compromiso, había creado un "Plan Estratégico Nacional "para implementar la Ley 9 del 20 de junio de 1994" Por la cual se establece la carrera administrativa "dentro de la administración pública panameña. El compromiso y sus hitos se apoyan en este plan.

Cumplimiento

Medio término: Limitado

El 1de agosto de 2015, la DIGECA presentó el proyecto de Ley 23, que modifica la Ley 9 de 1994 “Que establece y regula la carrera administrativa” con el fin de resolver los obstáculos normativos ocasionados por la aprobación de la Ley Nº. 43 de 2009. Esta Ley 43 del 30 de julio de 2009 reformaba algunos aspectos de la Ley 9, pero diez de sus artículos los declarados inconstitucionales la Corte Suprema de Justicia [Nota 65: Rubén Polanco, "Corte falla en contra de la Ley 43 de 2009", La Prensa, 17 de enero de 2016.].

Si bien la propuesta de este proyecto de ley no se había contemplado como parte del compromiso, el Gobierno la considera dentro de las acciones para cumplir con él debido a que ayuda a conseguir el objetivo de establecer “instrumentos técnicos de recursos humanos en el sector público que apliquen e implementen las disposiciones contempladas en la Ley 9 ”[Nota 66: Plan de Acción de Gobierno Abierto, Panamá 2015-2017. Objetivo del compromiso 08.].

En relación con los Manuales Institucionales de Clases Ocupacionales, no se llevará a cabo el registro de las acciones tomadas para actualizar los 47 manuales creados por las instituciones públicas, por lo que DIGECA no conoció a las personas que se trabajaron ni tuvieron faltaban.

Sobre la aplicación de instrumentos de medición del desempeño entre los funcionarios del Estado, el segundo hito, se señaló que se habían aplicado únicamente en cuatro instituciones [Nota 67: Se aplicaron en el Instituto Panameño Autónomo Cooperativo (IPACOOP), la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), el Instituto Panameño de Habilitación Especial (IPHE) y el Instituto Conmemorativo Gorgas.].

El plan de capacitaciones basadas en las necesidades de los servidores públicos, reportadas a DIGECA por cada institución, comenzaron a aplicar en el año 2015. De acuerdo con la institución, el número de capacitaciones impartidas involucradas más del 100% en un año; no obstante, no se facilitan las pruebas que permiten validar ese crecimiento.

El quinto hito pretendía “Coordinar la integración de los programas de Bienestar Social, Incentivos y Salud Ocupacional en todas las instituciones públicas”. Para logarlo, DIGECA había realizado algunas capacitaciones y facilitado algunas recomendaciones a las instituciones, pero admitió que dependía de cada organismo y cómo implementarlas, en caso de que decidiesen hacerlo. Su rol se limitaba a asesorarlas.

Fin de término: Sustancial

La Ley 23, “Que reforma la Ley 9 que establece y regula la carrera administrativa”, se estableció el 12 de abril de 2017 y se publicó en la Gaceta el 12 de mayo del mismo año [Nota 68: Asamblea Nacional, Ley N. ° 23 Que reforma la Ley 9 de 1994, que establece y regula la carrera administrativa, y dicta otras disposiciones. La Gaceta Oficial, 12 de mayo de 1994.]. Esta ley define, entre otras cosas, los requisitos y el proceso para ingresar en el régimen de carrera administrativa. Desde su promulgación hasta enero de 2018, se estima que unas 5 600 personas entrarán a formar parte de este régimen laboral gracias a ella.

“En Panamá hay unos 230 000 servidores públicos, entre la Policía, los médicos y enfermeras, docentes y quienes están en carrera administrativa, que son alrededor de setenta y cinco personas. Cada uno tiene sus propias condiciones y beneficios ”, específicamente Aida Martínez, asesora legal de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI). La funcionalidad incluida que esta ley define varios de esos beneficios para la carrera administrativa, como el paquete al que tienen derecho tras el retiro.

Como se detalla, la ley también ofrece a los funcionarios de cuidado administrativo un marco legal de respaldo que facilita la aplicación de las disposiciones de la Ley 9 de junio de 1994.

De acuerdo con la sistematización de actividades que realizó DIGECA sobre el cumplimiento de este compromiso, en el segundo año de implementación también se comenzará en los laboratorios de actualización de los Manuales Institucionales de clases ocupacionales. Estos manuales requieren los perfiles de los puestos dentro de las instituciones públicas panameñas y los requisitos técnicos de cada uno de ellos.

Se actualizan los manuales de una tercera parte de las instituciones 80 [Nota 69: Instituciones del Gobierno Central de Panamá, semiautónomas y el Municipio de Panamá.] Que deben realizar esta tarea. En once de ellas se completarán las auditorías de todos sus cargos, proceso necesario para calcular puestos nuevos y eliminar esos discontinuados, mientras que cinco seguían en proceso de auditoría.

De acuerdo con Karla Loré, Directora de Planificación y Control de los Recursos Humanos, de la Dirección General de Carrera Administrativa [Nota 70: Entrevista realizada por el investigador del MRI el 16 de febrero de 2018.], Uno de los desafíos para avanzar en el cumplimiento de este hito radica en que depende del departamento de recursos humanos de cada institución, pues son ellos los responsables de hacer la actualización. No obstante, la ley mencionada establece que todos los manuales deben estar actualizados en noviembre de 2017, sin definir ningún tipo de sanción para las entidades que no cumplan con ello.

Loré también indicó que el Departamento de Evaluación del Desempeño y Rendimiento aplicó el instrumento para evaluar el rendimiento y el rendimiento de los servidores públicos a un total de siete instituciones que nunca lo habían aplicado: la Secretaría Nacional de Discapacidad, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Instituto GORGAS de Investigación, el Ministerio de Obras Públicas, la Cancillería, la Oficina de Protección al Consumidor y el Instituto Panameño de Cooperativas.

Esta edición de la evaluación, conocida como EOA (Evaluación Ordinaria Anual 2016-2017), comenzó a producirse a partir de marzo de 2017. Pero el año anterior ya se había aplicado a 1 619 servidores públicos de otras cuatro instituciones descentralizadas del sector público: la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO), la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), el Instituto Panameño de Habilitación Especial (IPHE) y la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP). La evaluación aplicada durante 2017 constituye la segunda aplicación del instrumento en estas instituciones, lo que las convertirá en las primeras en entrar en la carrera administrativa desde la promulgación de la Ley 23.

La DIGECA es el único ente autorizado legalmente para aplicar esta evaluación, pues es el único capaz de aplicar en los casos en que sea necesario. Sin embargo, de acuerdo con Loré, la mayoría de las instituciones no realiza evaluaciones de desempeño y ha sido práctica común que cada institución diseñe y aplique su propio sistema de evaluación, un peso de que no cuente con el respaldo legal para hacerlo.

De momento, estas evaluaciones se evalúan por demanda, por lo que DIGECA depende de las instituciones que solicitan su aplicación. Este limita las facultades de DIGECA para cumplir con el objetivo de aplicar en todas las instituciones públicas de Panamá, tal y como lo plantea el compromiso.

En relación con la identificación de necesidades técnicas y profesionales por parte de los trabajadores públicos y el desarrollo de un plan de capacitación con base en este diagnóstico, Loré identificado que no hubo progresos durante el segundo año de implementación y que no se hizo el diagnóstico por falta de personal. La intención era capacitar a los 75 000 servidores públicos del régimen carrera administrativa, pero los entrenamientos no llegaron a iniciar. “En 2017 queríamos capacitar 10 066 servidores, pero los expositores son ad honorem y conseguirlos, así como conseguir dónde impartir las capacitaciones, resultó muy demandante. En 2018 la idea es solicitar ayuda para hacer el diagnóstico de capacitación. Por ahora trabajamos de acuerdo con solicitudes de capacitaciones que nos pidan ”, indicó Loré.

Respete las acciones tomadas con los recursos humanos para unificar los criterios sobre la aplicación de las veintiocho acciones de los recursos humanos posibles, complete las reuniones con los jefes de los recursos humanos de las 80 instituciones públicas que el compromiso pretendía alcanzar. En ellas se utilizan en la estandarización de los procesos de sus departamentos y en la unificación de criterios para la aplicación de limitaciones y otras acciones de personal.

La administración pública en Panamá distribuye en 28 grupos todas las posibles acciones que los departamentos de recursos humanos de las instituciones públicas pueden tomar sobre sus funcionarios. Estas incluyen la asignación y reasignación de cargos, los nombramientos, destituciones, renuncias y aumentos de salario, entre otros.

Loré indicado: “unificamos los formularios, como el de vacaciones, solicitud de licencias, con y sin sueldo, y de nombramientos. También se les enseñó cómo usarlos, para que no se implemente el suyo propio, y se les enseñó sobre el debido proceso para destituciones justificadas ”.

Quedó pendiente el desarrollo de un sistema tecnológico interinstitucional para registrador de diversas acciones.

Tampoco se completó a completar el último hito del compromiso, "coordinar la integración de los programas de Bienestar Social, Incentivos y Salud Ocupacional en todas las instituciones públicas". De acuerdo con DIGECA, por limitaciones de personal se actualizan únicamente con un 15% de las instituciones. “Por ley, para tener un programa de bienestar social, este debe ser aprobado por la Institución de Carrera Administrativa. Las instituciones deben remitir a principios de año su plan de bienestar del año para ser aprobado; luego se da el visto bueno para que la Contraloría de la República les haga los desembolsos, pero es voluntario, las instituciones no están obligadas a hacerlo ”, señaló Loré.

¿Se avanzó en la apertura del gobierno?

Acceso a la información: Sin cambios

Participación ciudadana: sin dificultades

Rendición de cuentas públicas: sin cambios

Este compromiso, como está escrito, no tiene relevancia clara a los valores de OGP. Si bien el compromiso busca un objetivo importante para la gestión de la administración pública, aún en su implementación, se trata de acciones internas que no cambian los cambios en las prácticas gubernamentales de acceso a la información, participación o rendición de cuentas públicas.

¿Se incorporó en el siguiente plan?

Este compromiso no se incluyó en el plan 2017-2019.


Compromisos

Open Government Partnership