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República Eslovaca

Análisis participativo de los asuntos del fiscal (SK0117)

General

De un vistazo

Plan de ACCION: Plan de acción nacional de la República Eslovaca 2017-2019

Ciclo del Plan de Acción: 2017

Estatus

Instituciones

Institución principal: Viceprimer Ministro y Ministro de Justicia en cooperación con el Fiscal General

Institución(es) de apoyo: NA

Áreas de política

Democratización de la toma de decisiones, Justice, Legislación, Justicia abierta, Participación pública, Gobierno regulatorio

Revisión de IRM

Informe de IRM: Informe de implementación de Eslovaquia 2017-2019, Informe de diseño de la República Eslovaca 2017 – 2019

Resultados iniciales: no cambió

Diseño i

Verificable: Sí

Relevante para los valores de OGP: Sí

Ambición (consulta: definición): Bajo

Implementación i

Terminación:

Descripción

De acuerdo con la ley actual, los Procedimientos Disciplinarios en Asuntos Fiscales son conducidos por la Comisión Disciplinaria establecida en la Oficina del Fiscal General. 44 Solo los Fiscales pueden ser miembros y presidentes de las Comisiones Disciplinarias. El mandato de las Comisiones Disciplinarias es de tres años, y la misma persona puede ser nombrada a la Comisión Disciplinaria en varias ocasiones. El Fiscal General decide sobre todos los asuntos relacionados con el nombramiento de Comisiones Disciplinarias, incluido el nombramiento de miembros de Comisiones Disciplinarias, presidentes y sustitutos (primera y segunda instancia), toma decisiones sobre el reemplazo de presidentes / sustitutos y sobre la exclusión de un individuo Miembro de la Comisión Disciplinaria de una audiencia y de un fallo basado en prejuicios. El Consejo de Fiscales decide sobre los principios de llenar las comisiones disciplinarias y crear una lista de suplentes, propone los presidentes, miembros y suplentes de las comisiones disciplinarias. Las sesiones deben garantizar una influencia equilibrada de los organismos que representan a las autoridades de enjuiciamiento, los representantes que representan la protección de los derechos y los intereses de los fiscales y las entidades que representan el control externo o público ".
Compromiso No. 60: de manera participativa, realice un análisis de los procedimientos disciplinarios en los asuntos de los fiscales y cree cambios legislativos preliminares para aumentar la transparencia de estos procedimientos disciplinarios.
La moción para iniciar procedimientos disciplinarios puede ser presentada por el Fiscal General (contra cualquier fiscal), el Defensor Público de Derechos, el Fiscal General Adjunto y el Fiscal Regional respectivo o el Fiscal del Distrito. La decisión de la Comisión Disciplinaria de primera instancia puede ser apelada. La apelación es atendida por una Comisión Disciplinaria de segunda instancia de cinco miembros. La decisión final emitida en un procedimiento disciplinario es revisable por un tribunal.
Existen varias consecuencias del marco legal existente:
 El Fiscal General tiene una posición particularmente fuerte y tiene el poder de decidir sobre la designación, el reemplazo y el sesgo de los miembros de las Comisiones Disciplinarias, y también tiene derecho a hacer una moción para iniciar procedimientos disciplinarios. Por lo tanto, es el proponente y el creador del cuerpo que decide sobre la propuesta.
 Aunque el Consejo de Fiscales propone a los miembros de las comisiones disciplinarias, solo decide sobre los principios de llenar las comisiones disciplinarias, el uso de sustitutos y completar la base de datos de candidatos para los miembros de las comisiones disciplinarias y el procedimiento para la asignación de casos a comisiones individuales.
 Los procedimientos disciplinarios son formalmente públicos, pero dado que los miembros de las Comisiones Disciplinarias solo incluyen fiscales, este es un sistema cerrado sin control público real. Tal situación no solo se puede abusar para hostigar a los fiscales, sino que también puede conducir a una rendición de cuentas insuficiente (o no objetiva) porque la culpa la deciden los colegas.
 Las leyes de enjuiciamiento tampoco abordan explícitamente quién puede iniciar una acción disciplinaria contra el Fiscal General.
Según la conclusión del Tribunal Constitucional, 45, la Fiscalía es un órgano constitucional especial de protección legal para el cual existe un requisito legítimo de dicha regulación legal que permitirá el control público sobre las actividades de la Fiscalía, así como "un adecuado grado de influencia de los constituyentes individuales de la autoridad estatal en relación con la Fiscalía cuyo propósito es garantizar la realización adecuada de su misión que consiste en un procedimiento activo, justo e imparcial en la protección del interés público, la protección de derechos y libertades, así como otros derechos e intereses legítimamente protegidos ". Según el Tribunal Constitucional, la responsabilidad disciplinaria (responsabilidad adicional) de los fiscales es un instituto cuyo propósito es principalmente dirigir el trabajo de la fiscalía, que es competencia del Fiscal General. Al mismo tiempo, sin embargo, el Tribunal Constitucional también determinó que la legislación que permite al Consejo Nacional u organismos constitucionales que representan al poder ejecutivo nominar candidatos a la Comisión Disciplinaria "tiene una base racional, persigue objetivos legítimos y, por lo tanto, no puede considerarse como un manifestación de la obstinación del legislador ". El Tribunal Constitucional subraya que "las normas legales que rigen la creación y composición de comisiones disciplinarias

Resumen de estado intermedio de IRM

TEMA - Mejorar fiscales  
Com 58, 59, 60, 61

Lenguaje del compromiso tal como aparece en el plan de acción.[Nota: La Oficina del Plenipotenciario, "Open Government Partnership Plan de Acción Nacional de la República Eslovaca 2017-2019 ”, http://bit.ly/2QYIlHV ]:

Compromiso 58: “Preparar y presentar al Gobierno un borrador de la Ley que modifica la Ley Núm. 154 / 2001 Coll. sobre fiscales y abogados de la fiscalía, que garantizarán la publicación de la sede de la fiscalía individual ".

Compromiso 59: "Crear un proyecto de ley para ampliar el derecho a recomendar candidatos para el cargo de Fiscal General".

Compromiso 60: "De manera participativa, realice un análisis de los procedimientos disciplinarios en los asuntos de los fiscales y cree proyectos de cambios legislativos para aumentar la transparencia de estos procedimientos disciplinarios".

Compromiso 61: "De manera participativa, analice los procedimientos de selección para la fiscalía, incluidos los proyectos de cambios legislativos, para aumentar su transparencia".

Fecha de inicio: no especificado                

Fecha de finalización: 31 Julio 2018

 

Contexto y objetivos

Según los informes de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), la tasa de acusación fue del 18% en Eslovaquia 2017[Nota: Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, "El informe de la OLAF 2017" http://bit.ly/2Kw2EKQ ]. La tasa de acusación promedio de la UE fue 42% en 2017. Transparencia Internacional Eslovaquia informó que, aunque ha habido algunas mejoras en la sanción de la corrupción, y por ejemplo, el número de casos resueltos de soborno por encima de mil euros ha aumentado, el número de casos de gran corrupción vinculados a altos funcionarios públicos ha sido continuamente muy bajo y disfrutó de la impunidad[Nota: Transparencia Internacional Eslovaquia, „Napriek zlepšeniu„ veľké ryby “stále nechytáme“ (A pesar de las mejoras, todavía no capturamos 'peces grandes') http://bit.ly/2Tcb7d0 (en eslovaco)]. Los fiscales, junto con la policía, desempeñan un papel crucial en la investigación y el enjuiciamiento de casos de corrupción, ya que presentan acusaciones ante los tribunales. La Oficina del Fiscal Especial, que es responsable de la "agenda de corrupción", ha acusado al menor número de personas desde 2009. Como concluye Transparencia Internacional, podría indicar que los fiscales pasan por alto los casos de corrupción.[Nota: Transparencia Internacional Eslovaquia, http://bit.ly/2BPtH0E (en eslovaco)]

El último informe del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) y el Consejo de Europa (CoE)[Nota: Grupo de Estados contra la corrupción y Consejo de Europa, "Segundo informe de cumplimiento de la República Eslovaca: Prevención de la corrupción con respecto a los parlamentarios, jueces y fiscales", http://bit.ly/2BwFTDy] Llegó a la conclusión de que, en lo que respecta a los fiscales, "hay que agradecer varios acontecimientos". En particular, elogiaron la adopción del Código de Ética, una introducción de la obligación de declarar obsequios y responsabilidades por encima de un cierto umbral. GRECO y CoE también acogieron con beneplácito la enmienda de la Ley de fiscales y candidatos a fiscales.[Nota: SLOV-LEX (portal legal y de información), El Ministerio de Justicia, “La Ley sobre fiscales y candidatos a fiscal no. 154 / 2001 Coll. ", http://bit.ly/2b7Pc1P (en eslovaco).], que incluía la obligación de divulgar públicamente y actualizar regularmente una lista de todos los nombres de los fiscales en el sitio web de la Oficina del Fiscal General. Desde entonces, la Oficina del Fiscal General ha actualizado esta lista regularmente con la última actualización realizada en 19 Noviembre 2018[Nota: La lista de fiscales publicada en el sitio web de la Oficina del Fiscal General, http://bit.ly/2aYKyk2 (en eslovaco).]. Los expertos entrevistados para el informe anterior de IRM acordaron que este era un primer paso importante hacia una mayor transparencia y un logro que no sería posible sin el plan de acción de OGP.[Nota: Mária Žuffová, Open Government Partnership, "Informe de responsabilidad especial de Eslovaquia 2014 - 2015",  http://bit.ly/2EzH4Ws]. La disponibilidad pública de los nombres de los fiscales también abordó el problema con el acceso a declaraciones juradas y declaraciones de activos. Además de eso, la Oficina del Fiscal General puso a disposición una herramienta para buscar declaraciones de activos por nombre en su sitio web[Nota: La herramienta para buscar las declaraciones de activos de los fiscales está disponible en el sitio web de la Oficina del Fiscal General, http://bit.ly/2TJpO4s (en eslovaco) ].

Los nuevos compromisos destinados a una mayor transparencia, como el Compromiso 58 de revelar la sede de los fiscales, son útiles y lo suficientemente específicos como para ser verificados. Actualmente, el nombramiento del Fiscal General es político, ya que los parlamentarios proponen los nominados. El compromiso de 59 de extender el derecho de proponer candidatos para el cargo de Fiscal General a profesionales legales es una medida positiva, lo que hace que el nombramiento del Fiscal General sea menos político. Sin embargo, este compromiso no es relevante para ninguno de los valores de OGP de acceso a la información, participación cívica o responsabilidad pública.

Los expertos entrevistados declararon en el informe anterior de IRM que los poderes ejecutivos del Fiscal General deberían reducirse, y que tanto los procedimientos de selección como los disciplinarios deberían hacerse más transparentes.[Nota: Mária Žuffová, Open Government Partnership, "Informe de responsabilidad especial de Eslovaquia 2014 - 2015", http://bit.ly/2EzH4Ws

]. Los compromisos 60 y 61 de analizar los procedimientos disciplinarios y de selección de los fiscales podrían abordar estos problemas y ayudar a desencadenar cambios. Sin embargo, los compromisos no especifican cómo se podría utilizar el análisis y cuáles serían las consecuencias del mismo, por lo que el impacto potencial de estos compromisos es menor.  

Próximos pasos

El investigador del IRM recomienda que la Fiscalía General de la Nación haga públicos los análisis sobre la selección y los procedimientos disciplinarios y aclare cómo utilizará más los hallazgos.

Resumen de estado de fin de período de IRM

Para obtener detalles sobre cada compromiso, consulte Informe de implementación de Eslovaquia 2017-2019.

Compromisos

Open Government Partnership