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Túnez

Completar el marco regulatorio para consagrar el derecho de acceso a la información (TN0049)

General

De un vistazo

Plan de ACCION: Plan de acción de Túnez 2021-2023

Ciclo del Plan de Acción: 2021

Estatus

Instituciones

Institución principal:

Institución(es) de apoyo: Actores estatales involucrados OSC, sector privado, multilaterales, grupos de trabajo - ARTÍCULO 19

Áreas de política

Acceso a la información, Anticorrupción e integridad, Democratización de la toma de decisiones, Participación pública, Regulación, Gobierno regulatorio, Derecho de información

Revisión de IRM

Informe de IRM: Revisión del Plan de Acción de Túnez 2021-2023

Primeros resultados: revisión pendiente de IRM

Diseño i

Verificable: Sí

Relevante para los valores de OGP: Sí

Ambición (consulta: definición): Bajo

Implementación i

Finalización: Revisión pendiente de IRM

Descripción

Descripción del compromiso: Este compromiso tiene como objetivo consolidar el derecho de acceso a la información completando el marco regulatorio y legal relacionado con esta área bajo las disposiciones de la Ley orgánica núm. 2016-22 de fecha 24 de marzo de 2016. A tal efecto, se emitirán los siguientes textos normativos: - Decreto de Gobierno sobre el estado del personal de la Autoridad de Acceso a la Información - Decreto de Gobierno sobre el organigrama del Acceso a la Información Autoridad - Decreto del Gobierno que establece las condiciones para la creación de una entidad de acceso interno a la información en los organismos públicos. Se adoptará un enfoque participativo durante todo el proceso de redacción de estos textos normativos, especialmente el texto relacionado con el establecimiento de las condiciones para la creación de una entidad interna responsable del acceso a la información a nivel de cada estructura pública. Este enfoque participativo se garantizará mediante la organización de una serie de talleres y seminarios con las estructuras públicas relevantes, específicamente con el acceso a los oficiales de información, y una serie de asociaciones, especialmente aquellas activas en el gobierno abierto. También se organizarán consultas públicas y, en particular, a través del portal nacional de participación electrónica “www.e-participation.tn se puede consultar”.

Problema / Antecedentes: El hecho de no completar el marco organizacional y regulatorio del derecho de acceso a la información ha limitado la efectividad de los planes y mecanismos implementados para operacionalizar este derecho. Esto incluye, por ejemplo, los limitados mecanismos regulatorios para apoyar el rol de la Autoridad de Acceso a la Información debido a la falta de una legislación que regule el estado de la Autoridad o su organigrama. Esto ha afectado negativamente la capacidad de la Autoridad para atraer y mantener personal calificado para implementar su mandato según lo estipulado en la Ley Orgánica No. 22 de 2016 sobre el Derecho de Acceso a la Información. Además, a la fecha, aún no se ha publicado el texto reglamentario sobre el establecimiento de las condiciones para el establecimiento de una estructura interna que se ocupe del acceso a la información a nivel de los organismos públicos. Esto también ha afectado negativamente la efectiva implementación por parte de los distintos organismos públicos de las disposiciones de esta Ley, ya sea a través de la difusión automática de información o atendiendo a las solicitudes de acceso dentro de los plazos establecidos. La falta de este texto normativo no permitió que los funcionarios de acceso a la información cumplieran plena y efectivamente sus funciones ni facilitó la asignación de los recursos financieros necesarios para tal fin.

Identificación de objetivos de compromiso / resultados esperados: - Completar la publicación de los textos normativos que regulan la Autoridad de Acceso a la Información con el fin de desarrollar la capacidad de la Autoridad mediante la contratación del personal calificado necesario para llevar a cabo su mandato. El fortalecimiento del papel de la Autoridad permitirá la implementación del derecho de acceso a la información y la puesta en práctica de los diversos principios relacionados con el gobierno abierto, en particular la transparencia, la participación y la rendición de cuentas. - Emitir el texto normativo sobre el establecimiento de las condiciones para la constitución de un ente interno de acceso a la información a nivel de organismos públicos. El objetivo es mejorar las capacidades de los oficiales de acceso a la información y permitirles coordinar y dar seguimiento a la implementación de las obligaciones de acceso a la información definidas por la Ley núm. 2016 sobre Acceso a la Información. Otro objetivo es mejorar la calidad de la información publicada en los sitios web públicos y aumentar las tasas de respuesta a las solicitudes de acceso a la información dentro de los plazos legalmente especificados. - Las estructuras internas que se crearán por esta orden están representadas en una administración permanente en las estructuras públicas, integrada por al menos dos funcionarios (el responsable de Acceso a la información y su suplente). Teniendo en cuenta que su creación será obligatoria a nivel de todos los ministerios, mientras que su creación en el resto de estructuras públicas será obligatoria si se cumplen las condiciones que establecerá esta orden.

¿Cómo contribuirá el compromiso a resolver el problema público? - Mejorar la eficacia de las estrategias y los mecanismos destinados a poner en práctica el derecho de acceso a la información en Túnez mediante el fortalecimiento y la puesta en funcionamiento del papel de la Autoridad de Acceso a la Información y de los oficiales de acceso a la información en público. cuerpos. Lograr la implementación de las diversas obligaciones estipuladas en la Ley Orgánica n. 22 de 2016 sobre el Derecho de acceso a la información y la estandarización de los procedimientos de trabajo en los organismos públicos.

Relevancia con los valores de OGP: - TRANSPARENCIA El compromiso permitirá acelerar la difusión de la información, mejorar la calidad del acceso a la misma y facilitar el trabajo del oficial de acceso a la información, tanto en la relación del oficial con los miembros de personal que produce información en el departamento y con el buscador de información. También permitirá que la Autoridad de Acceso a la Información apoye y ponga en funcionamiento su papel en el seguimiento de la implementación de las disposiciones de la Ley Orgánica de Acceso a la Información.

Fuente de financiamiento / Relación con otros programas y políticas: Fuente de financiamiento: Presupuesto gubernamental

Etapas y cronograma de implementación: Elaboración y aprobación de una Orden de Gobierno sobre el estado del personal de la Autoridad de Acceso a la Información. Diciembre de 2022; Elaboración y aprobación de una orden gubernamental sobre el organigrama de la Autoridad de Acceso a la Información de diciembre de 2022; Elaboración y aprobación de una orden de gobierno que establezca las condiciones para la creación de una entidad de acceso interno a la información en los organismos públicos Diciembre de 2021

Resumen de estado intermedio de IRM

Revisión del plan de acción


1. Completar el marco normativo para consagrar el derecho de acceso a la información

  • Verificable: si
  • ¿Tiene una lente de gobierno abierto? sí
  • Potencial de resultados: modesto

  • Compromisos

    Open Government Partnership