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Panamá

Reforma de la Ley de Declaraciones de Propiedad (PA0014)

General

De un vistazo

Plan de ACCION: Panamá, Segundo Plan de Acción, 2015-2017

Ciclo del Plan de Acción: 2015

Estatus

Instituciones

Institución líder: Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI)

Institución(es) de apoyo: Asamblea Nacional (AN), Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI), Corte Suprema de Justicia (CSJ), Contraloría General de la República (CGR), Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) , Fiscalía General de Cuentas, Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Ministerio de Gobierno, Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Salud (MINSA), Ministerio de Seguridad, Procuraduría de la Administración, Procuraduría General de la Nación , Tribunal de Cuentas, Tribunal Electoral, Lcdo. José Espinosa (FENASEP), Lcda. Kathía Díaz (Comisión de Justicia y Paz), Lcdo. Jacob Carrera (Alianza Ciudadana Pro Justicia), Lcdo. Carlos Gasnell (Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana - TI), Maity Álvarez (Alianza Ciudadana Pro Justicia)

Áreas de política

Anticorrupción e integridad, Divulgación de Activos, Auditorías, Participación pública, Regulación

Revisión de IRM

Informe de IRM: Informe de fin de período de Panamá 2015-2017, Informe de progreso de medio término de Panamá 2015-2017

Resultados iniciales: marginales

Diseño i

Verificable: Sí

Relevante para los valores de OGP: Sí

Ambición (consulta: definición): Alto

Implementación i

Terminación:

Descripción

Extender la obligación de declaración a otros servidores públicos que de manera indirecta gestionan intereses y fondos públicos. Realizar auditorías a las declaraciones patrimoniales de bienes y exigir actualizaciones periódicas durante la gestión del servidor público. Ampliar el marco de aplicación del requerimiento de declaración patrimonial y establecer una fiscalización periódica (auditorías) a todos los obligados a declarar.

Resumen de estado de fin de período de IRM

Compromiso 9. Reforma a la Ley de Declaraciones Patrimoniales de Bienes

Texto del compromiso:

Elaborar una propuesta de reforma a la Ley 59 de 29 de diciembre de 1999 sobre las declaraciones patrimoniales de bienes.

Ampliar el marco de aplicación del requerimiento de declaración patrimonial y establecer una fiscalización periódica (auditorías) a todos los obligados a declarar.

Hitos

9.1 Instalación de una mesa de trabajo compuesta por instituciones públicas y representantes de la sociedad civil para elaborar la propuesta de reforma de la ley.

9.2 Entrega de la propuesta de reforma de la ley a las instancias correspondientes para su posterior discusión en el Órgano Legislativo.

Institución responsable: Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información.

Institución (es) de apoyo: N/A

Fecha de inicio: febrero de 2015 Fecha final: diciembre de 2015.

Objetivo del compromiso

El sistema actual de Panamá no ofrece mecanismos para fiscalizar las declaraciones patrimoniales presentadas por funcionarios públicos, una acción con la que se cumple poco a pesar de ser legalmente obligatorio gracias a la Ley 59 de 29 de diciembre de 1999 sobre las declaraciones patrimoniales de bienes [ Nota 71: Ley 59 de 29 de diciembre de 1999 sobre las declaraciones patrimoniales de bienes. Artículo 1. El presidente y los vicepresidentes de la República, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de los tribunales ordinarios y especiales, el procurador general de la Nación y el de la administración. Los jueces, los ministros y viceministros de Estado, el contralor general y el subcontralor general de la República, el oresidente de la Asamblea Legislativa, los rectores y vicerrectores de universidades oficiales, los directores generales, y los gerentes o jefes de organismos autónomos, los directores nacionales y provinciales de los servicios de policía, el defensor del pueblo y, en general, todos los empleados y agentes de manejo conforme al Código Fiscal deben presentar, al inicio y al término de sus funciones, declaración jurada de su estado patrimonial, mediante escritura pública, la cualidad requerida en el término de diez días hábiles a partir de la toma de posesión del cargo ya partir de la separación.].

El objetivo de este compromiso fue extender esa obligación a otros servidores públicos que de manera indirecta gestionan los intereses y fondos públicos, definir un proceso y medios para auditar sus declaraciones patrimoniales de bienes y exigir que estas se actualicen directamente.

De acuerdo con el plan de acción, esto se logra mediante una revisión del marco legal y la presentación de una propuesta de reformas a la Ley de Declaraciones Patrimoniales de Bienes.

Cumplimiento

Completo a medio plazo

La mesa de trabajo para elaborar la propuesta de reforma de la ley comenzó a operar a los inicios de 2015 y contó con la participación de 25 instituciones públicas, representantes de la sociedad civil y miembros de la academia.

El grupo contó con la asesoría de Sebastián Rodríguez Robles, presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional, de la Oficina de las Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito (UNODC) y de la Academia Anticorrupción Regional para Centroamérica y el Caribe (ARAC).

Tras diez sesiones de trabajo se obtiene un documento de anteproyecto de ley que subrogaba la Ley 59 de 1999 y adoptaba otras disposiciones. También exponía los motivos que justificaban la necesidad del cambio en la normativa y un análisis constitucional y de derecho comparado en la materia.

Este documento incluyó las propuestas hechas por la sociedad civil, sin embargo las organizaciones participantes no recibieron retroalimentación sobre sus sugerencias fueron finalmente incluidas en el paquete de leyes anticorrupción que preparó el gobierno, y lo que sería lo que finalmente se presentó ante la Asamblea Nacional . Leah Cedeño, directora ejecutiva de la organización Movimiento Independiente (MOVIN), establecida [Nota 72: Entervista realizada el 14 de abril de 2018. ] que le pidieron a la Presidencia el documento final pero este no les fue entregado, por lo que no estaban seguros sobre qué había sido incluido o no en ese paquete de leyes anticorrupción, que aún no ha sido presentado a la Asamblea Nacional.

El anteproyecto se le entregó a ANTAI el 18 de agosto de 2015, con lo que se completa en las acciones definidas por el primer hito de este compromiso en el plan de acción.

La ANTAI envió esta propuesta de reforma a la ley de declaraciones patrimoniales a la Presidencia de la República el 28 de diciembre de 2015 y recibió sus comentarios el 7 de abril de 2016. Sobre esa versión realizada algunas modificaciones según las sugerencias de Presidencia y devuelto una versión actualizada del documento el 19 de abril de 2016.

ANTAI informó al investigador del MRI que el Ministerio de la Presidencia tenía desde entonces la última versión de la propuesta de reforma, pero a marzo de 2018 aún no había enviado la Asamblea Nacional, una aleta de incorporarla al paquete de leyes anticorrupción que estaba Elaborando y presentando ante el Órgano Legislativo.

Las reformas sugeridas incluyen ampliar la cantidad de cargos públicos, también las personas deben declarar, incluyendo los diputados y cónyuges de los declarantes, realizar auditorías anuales a las declaraciones y las rendiciones con más frecuencia, entonces proponer que además de presentarlas al inicio y al final del ejercicio del cargamento, haga clic también a mitad del período.

¿Se avanzó en la apertura del gobierno?

Participación ciudadana: Marginalmente

La propuesta de anteproyecto de ley con reformas a la ley sobre declaraciones patrimoniales incluye los aportes de la sociedad civil, entre los que se pueden especificar las reformas en materia de conflicto de intereses y relacionadas con las leyes antisoborno, la ampliación de los cargos que precisan rendir declaración patrimonial y que también deban hacer los cónyuges de quienes ostentan esos puestos.

Pero al formar este anteproyecto parte de un paquete más amplio de leyes anticorrupción que no ha sido aún presentado por parte del Órgano Ejecutivo, no es posible determinar el nivel de influencia que la sociedad civil tuvo en el documento final, ni la trascendencia de las mesas de trabajo organizadas con motivo de la implementación del compromiso.

Por eso se califica como marginal el avance en las prácticas de gobierno como consecuencia del compromiso, entonces estas comenzarán a cambiar hasta que el paquete de leyes anticorrupción sea presentado y aprobado por el Legislativo.

No obstante, se considerará positivo el nivel de participación de la sociedad civil y la consideración de sus propuestas durante el proceso de mesas de trabajo y el documento que salió de ellas, así como el hecho de que se presente ante la Presidencia como propuesta de anteproyecto de ley para reformar la Ley 59 de 1999. Para Leah Cedeño, de MOVIN, el proceso participativo para recibir propuestas de reformas a la Ley de Declaraciones Patrimoniales de Bienes, hecho a través de una convocatoria abierta, fue bueno, pues “les abrieron las puertas (a las organizaciones) para recibir todos los insumos que tuvieran. Las convocatorias son abiertas, muy amplias y se participa activamente en las mesas de trabajo. Donde se quedaron cortos fue en la ejecución ”expresó.

¿Se incorporó en el siguiente plan?

Este compromiso no se incluyó en el plan de acción 2017-2019.


Compromisos

Open Government Partnership