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Panamá

Revisión del Artículo 81 de la Asemblea (PA0012)

General

De un vistazo

Plan de ACCION: Panamá, Segundo Plan de Acción, 2015-2017

Ciclo del Plan de Acción: 2015

Estatus

Instituciones

Institución líder: Asamblea Nacional (AN)

Institución(es) de apoyo: Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI) Lcdo. Ricardo Herrera (Fundación Generación Sin Límite), Lcda. Annette Planells (MOVIN), Ing. Ileana Molo (Organización Afropanameña Soy), Lcdo. Carlos Gasnell Acuña (Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana - TI), Lcda. Karla Pinder (Alianza Ciudadana Pro Justicia)

Áreas de política

Apertura fiscal, Parlamentos abiertos, Participación en la elaboración de leyes., Participación pública, Participación pública en presupuesto / política fiscal, Regulación

Revisión de IRM

Informe de IRM: Informe de fin de período de Panamá 2015-2017, Informe de progreso de medio término de Panamá 2015-2017

Resultados iniciales: no cambió

Diseño i

Verificable: Sí

Relevante para los valores de OGP: Sí

Ambición (consulta: definición): Alto

Implementación i

Terminación:

Descripción

Considerar ampliar los canales de participación dentro de la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional. Revisión del artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea Nacional.

Resumen de estado de fin de período de IRM

Compromiso 7. Revisión del reglamento de la Asamblea Nacional

Texto del compromiso:

Revisión del artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea Nacional

Hitos

7.1 Revisión del artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea Nacional.

7.2 Elaborar un informe de los resultados de las reuniones sostenidas.

Institución responsable: Asamblea Nacional

Institución (es) de apoyo: N/A

Fecha de inicio: Agosto 2015 Fecha final: septiembre de 2016.

Objetivo del compromiso

El artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea Nacional define la regularidad de las sesiones de la Comisión de Presupuesto, encargada de asignar las partes del presupuesto estatal y definir sus controles, el carácter reservado de estas y los puestos públicos cuyos titulares pueden asistir con voz , pero no con voto [Nota 59: Reglamento Orgánicodel Régimen Internode la Asamblea Nacional, 1984. Artículo 81. Carácter de las sesiones y funcionarios con derecho a voz. Las sesiones de la Comisión de Presupuesto serán diarias, posiblemente carácter reservado ya ellas podrán concurrir con voz, pero sin voto, los diputados o diputadas, los ministros o ministras de Estado, los magistrados o magistradas de la Corte Suprema de Justicia y el contralor o contralora general de la República. Los diputados o diputadas solamente modificaron el derecho a proponer modificaciones, sin alterar la cifra total del presupuesto.].

Con este compromiso se pretendía aumentar la participación dentro de dicha Comisión para que incluyera las organizaciones de la sociedad civil, de manera que estas contribuciones fiscalicen tanto su proceso de ejecución como de aprobación.

También se quería revisar el carácter reservado de las sesiones para darles mayor apertura y facilitar el acceso al contenido de la discusión y los temas tratados en ellas.

Cumplimiento

Medio término: No Iniciado

Al momento de concluir el período de evaluación del Informe del Medio Término no se han realizado acciones tendentes a la revisión o reforma del artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea Nacional, por lo que el compromiso se calificó como no iniciado.

De acuerdo con Carlos Delgado y Elvia Sánchez [Nota 60: Informe de Medio Término Panamá 2015-2017. Entrevistados por la investigadora el 18 de agsto de 2016.], Funcionarios de la Asamblea Nacional asignados como responsables del presente compromiso, su cumplimiento es potestad exclusiva de los diputados, por lo que calificaron su rol como exclusivamente de portavoces.

Durante las entrevistas realizadas para el Informe de Medio Término, tanto Karla Pinder, de Alianza Ciudadana Pro Justicia, como Carlos Gasnell, de Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana; Annette Planells, de MOVIN; Ileana Molo, Afropanameña Soy, y Nelly Valdivieso y Ricardo Herrera, de Generación Sin Límite [Nota 61: Informe de Medio Término Panamá 2015-2017. Entrevistados por la investigadora el 22 de agsto de 2016.] Fueron del criterio de que no existe voluntad política para permitir un mayor acceso de los ciudadanos a esta comisión.

Fin de término: Sustancial

El 10 de enero de 2017, el diputado Rubén de León Sánchez presentó ante la Asamblea Nacional el proyecto de Ley N.º 423, que pretende reformar varios de los artículos de la ley 49 de 1984, que adoptó el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de La Asamblea Nacional.

Dentro de esta propuesta de reforma se incluye eliminar el carácter reservado de las sesiones de la Comisión de Presupuesto al que hace referencia al artículo 81, excepto cuando se modifican los temas relacionados con la seguridad nacional. “Con esta propuesta estamos garantizando la transparencia de la Asamblea” [Nota 62: Secretaría General de la Asamblea Nacional, proyecto de Ley 423 que reforma artículos de la ley 49 de 1984 que adopta el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, propuesta por Rubén de León Sánchez. 10 de enero de 2017.], Afirma el documento. También proponemos incluir el sitio electrónico de la Asamblea Nacional, las actas de las comisiones y el pleno en un plazo no mayor a las 24 horas, luego de ser corregidas y aprobadas.

En relación con prácticas de participación, propone agilizar el procedimiento para la gestión de las propuestas de ley ciudadanas, estableciendo que estas sean objeto de un informe técnico jurídico que evalúe y corrija los aspectos formales establecidos por la Ley para su correcta presentación en el Congreso. Estas propuestas ciudadanas recibirían una prelación dentro del orden del día de las Comisiones Permanentes, para ser incluidas en él con la propuesta que los diputados decidan si serán acogidas o rechazadas. De ser aprobadas, se convertirían en proyecto de ley y recibirían el mismo tratamiento que todos los demás proyectos por discutir. Además, se promovería que el proponente participe en conjunto con la Dirección de Participación Ciudadana en todo el proceso parlamentario, con derecho a voz en todos los debates de la Ley.

Durante el Primer Debate, la Comisión acordó aprobar la creación de una subcomisión que revisará el borrador propuesto y hará las modificaciones necesarias para su presentación nuevamente ante los comisionados.

Estas acciones confirmadas con la revisión planteada por el compromiso, pero no se contó con el informe sobre el resultado de las reuniones sostenidas por el grupo que revisó el artículo 81 del reglamento interno de la Asamblea, planteado en el segundo hito. Por ese motivo se considera que el compromiso alcanzado un nivel de cumplimiento específico.

La Asamblea Nacional implementó este compromiso sin involucrarse con la sociedad civil o la Comisión de gobierno abierta durante el desarrollo de la propuesta de reforma. Sin embargo, este se compartió con algunas organizaciones una vez redactada. “La propuesta presentada para reformar el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional era un buen paso, y llenaba algunas de nuestras expectativas, pero no se llevó a cabo. Se redactó el documento que ahora debe ser aprobado por los diputados, en este caso son juez y parte ”, consideró Leah Cedeño, directora de MOVIN [Nota 63: Entervista realizada por el investigador IRM el 14 de abril de 2018, Ciudad de Panamá. ]

El proyecto se presentó a la comisión legislativa respectiva, pero no llegó a aprobarlo.

¿Se avanzó en la apertura del gobierno?

Acceso a la información: Sin cambios

Las reformas planteadas descritas, anteriormente incluidas en el proyecto de Ley N.º 423, que pretende reformar varios de los artículos de la ley 49 de 1984, que adopta el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, son claramente específicos para las prácticas de gobierno abierto, tanto en acceso a la información, valor por el que este compromiso se considera relevante, como para la participación ciudadana, aspecto en el que el compromiso no ayudaría, según lo redactado, pero que sí lo hizo en la práctica.

Sin embargo, al no haber todavía aprobado la Comisión cuentos reformas y, por lo tanto, no constituir todavía un proyecto de ley, es muy temprano para observar sus efectos en la actuación de la Comisión de Presupuesto. En consecuencia, de momento no se han modificado sus prácticas de apertura.

¿Se incorporó en el siguiente plan?

Este compromiso no se incluyó en el plan 2017-2019.


Compromisos

Open Government Partnership