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España

Creación del Consejo Español de Farmacodependencia (ES0022)

General

De un vistazo

Plan de ACCION: Plan de Acción de España 2014-2016 (español)

Ciclo del Plan de Acción: 2014

Estatus

Instituciones

Institución líder: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas

Institución(es) de apoyo: NA

Áreas de política

Salud, Participación pública, Servicio público de entrega

Revisión de IRM

Informe de IRM: Informe de fin de período de España 2014-2016, Informe de progreso de España 2014-2015

Resultados iniciales: marginales

Diseño i

Verificable: Sí

Relevante para los valores de OGP: Sí

Ambición (consulta: definición): Alto

Implementación i

Terminación:

Descripción

Creación de un consejo participativo para definir políticas sobre drogodependencias y otras adicciones. La creación del Consejo Español sobre Dependencia de Drogas es una medida para racionalizar y reorganizar los órganos colegiados bajo la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. Permitirá la reducción del número de dichos organismos, al mismo tiempo que aumentará la participación en la definición de políticas de drogas por sectores que nunca han estado representados en dichos organismos, cumpliendo así con las recomendaciones de la ONU y la UE para promover la participación ciudadana.
2 Su creación tendrá lugar durante el procedimiento parlamentario para promulgar la Ley de Reforma del Sector Público, y al mismo tiempo, el Grupo Interministerial para el Plan Nacional sobre Drogas y el Consejo Asesor del Observatorio Español sobre Drogas y Adicciones a las Drogas desaparecerán.
3 Una vez que se apruebe la mencionada Ley, la composición de dicho Consejo de Estado se estipulará mediante reglamentos de aplicación, concretamente en un Real Decreto.
4 El plan actual es que el Real Decreto estipule los aspectos relacionados con el Consejo de Estado para incorporar cuatro grupos de trabajo permanentes y una sesión plenaria, con el siguiente nivel de representación:
Grupos de trabajo: en todos ellos habrá al menos un funcionario de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, y puede haber otros miembros del Plenario (de naturaleza interministerial), si así lo solicitan.
a) Comisión de Salud compuesta por expertos de las Sociedades Médicas Científicas reconocidas en el campo de las adicciones.
b) Comisión social: compuesta por expertos en ciencias sociales reconocidos en el campo de las adicciones (no representados previamente en los organismos que van a desaparecer).
c) Comisión del Tercer Sector: compuesta por representantes de entidades de Acción Social del Tercer Sector (no representadas previamente en los organismos que van a desaparecer).
d) Comisión de Medio Ambiente Laboral: integrada por representantes de las asociaciones de empleadores y los sindicatos (ya existe y forma parte del Consejo de Estado).
Los presidentes de estas Comisiones formarán parte de la Plenaria que, con representantes de otros órganos ministeriales, se creará dentro del Consejo.

Resumen de estado de fin de período de IRM

9 Consejo Español de Drogodependencias

Texto del compromiso:

Creación de un consejo de participación en la definición de las políticas de drogodependencias y otras adicciones.

1.- La creación del Consejo Español de drogodependencias es una medida de racionalización y reorganización de los órganos colegiados dependientes de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, que controla la disminución en número de dichos órganos, al tiempo que el incremento de la participación en la definición de las políticas de drogas de los sectores hasta ahora no representados en ninguno de dichos órganos, cumpliendo así con las recomendaciones de NNUU y de la UE de fomentar la participación de la sociedad.

2.- La creación se efectúa dentro de la tramitación parlamentaria de la Ley de Reforma del Sector Público, al tiempo que se extingue el Grupo Interministerial del Plan Nacional sobre Drogas y el Consejo Asesor del Observatorio Español sobre Drogas y Toxicomanías.

3.- Una vez aprobada la Ley referida en el punto anterior, se procederá a la elaboración reglamentariamente de la composición de dicho Consejo Estatal mediante Real Decreto.

4.- La previsión en este momento es el Real Decreto que desarrolla los aspectos relacionados con el Consejo Estatal, incorpora cuatro grupos de trabajo permanente y un pleno […]

Los Presidentes de estas Comisiones formarán parte del plenario que, con representación de otros órganos ministeriales, se creará en el seno del Consejo.

Institución responsable: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

Instituciones de apoyo: Ninguna especificada

Fecha de inicio: 1/1/2014 Fecha de cierre: 31/12/15

Objetivo del compromiso

La participación no gubernamental en este sector se organiza en 2000 con el diseño de la primera estrategia nacional de drogas y en el 2005 se crean dos foros de participación social sin carácter legal o institucional. La intención de este compromiso es institucionalizar estas experiencias con un Consejo Nacional que permita la representación de actores sociales en este sector de política pública. Específicamente el objetivo principal con la creación del Consejo Español de drogodependencias es doble:

a)   Por un lado, se trata de una medida de racionalización y reorganización de los órganos colegiados dependientes de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. Con la constitución de ese Consejo se buscó al mismo tiempo la extinción de dos órganos: el Grupo Interministerial del Plan Nacional sobre Drogas y el Consejo Asesor del Observatorio Español sobre Drogas y Toxicomanías. El nuevo Consejo reemplazará funcionalmente estos órganos.

b)   Y por otro, se trata de una medida para aumentar la participación de sectores antes no representados formalmente en dichos órganos para la definición de las políticas de drogas, como vía fomentar la participación de la sociedad en atención a recomendaciones internacionales en la materia. El Consejo tendrá un total de 34 vocalías, 16 de las cuales son de:

a.   representantes de la comunidad científica en ciencias experimentales (4) y de las ciencias sociales (4).

b.   representantes de organizaciones privadas sin ánimo de lucro al nivel nacional (4)

c.   representantes de organizaciones gremiales de empresas nacionales (2), y

d.   representantes de organizaciones sindicales de ámbito nacional (2).

Cumplimiento

Medio término: Sustancial

En el informe de avance se dio a este compromiso un avance sustancialmente. Respecto al primer hito, el Consejo se conformó el 16 de septiembre de 2014, con la Ley 15 / 2014 de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa (artículo 20). Sin embargo, su efectiva puesta en marcha y funcionamiento interno dependería de un desarrollo reglamentario que al momento del informe de avance estuvo aún en trámite. Este reglamento se publicó el 12 diciembre 2015 y fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 01 de enero de 2016.[Nota 62: Ver Real Decreto 1113 / 2015, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen jurídico del Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones URL: https://goo.gl/aXzRh0]Aunque con esto se avanzó en este segundo hito, su logro se realizó fuera del primer año de implementación del informe de avance. Además, no se han constituido ni celebrado sesiones de los grupos de trabajo permanentes y el grupo plenario que se indican en la redacción original del compromiso.

Fin de término: Sustancial

A fin de término, se valora un cumplimiento esencialmente para este compromiso. Aunque las acciones específicas vinculadas a los hitos fueron específicas y están descritas en el informe de avance, durante el último semestre de 2016 se completarán las siguientes acciones adicionales:

  • El 21 de marzo de 2016, se publicó resolución ministerial de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad por la que se nombra a los miembros del Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones[Nota 63: Se respeta el número y origen de los mismos, en atención al reglamento Véase https://goo.gl/yUF5Xd]. Este determinado atiende a lo establecido en la Ley y en el compromiso del plan de acción respecto de los 16 vocales del "sector social".
  • El 8 de junio de 2016, se hace pública una nota de prensa que anuncia la sesión constitutiva y la puesta en marcha de este Consejo[Nota 64: Véasehttps: //goo.gl/F2L678] así como de la futura creación de los grupos de trabajo.

En esta nota de prensa, no se informa de los vocales participantes, ni si la sesión constitutiva también dio lugar a una sesión del grupo de trabajo plenario.[Nota 65: Sobreestetema se destacóenlacitada nota deprensa (8 dejunio) que: “(…) el Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, Francisco Babín, ha explicado que el Consejo contempla su funcionamiento a través de grupos de trabajo especializado de carácter permanentes imprescindibles como generadores de espacios para el debate y la reflexión sobre la manera de abordar todas las facetas de las adicciones. En este sentido, el Delegado del Gobierno se ha mostrado convencido de que dichos grupos mejorarán la eficiencia del trabajo del Consejo ya que asumirán funciones parcelares llevadas a cabo por órganos (…) que se han extinguido con la creación de este Consejo. " Véase Noadeprensa. https://goo.gl/F2L678]El investigador IRM no encontró evidencia de que se hubieran constituido ni celebrado con posterioridad sesiones los grupos de trabajo permanentes que se indican en la redacción original del compromiso. Tampoco se registraron pruebas de que se hubiesen celebrado sesiones del Consejo al pleno.[Nota 66: Esta noticia se hizo eco en algunos diarios de internet y blogs especializados del sector (véase Diario La Informaciónhttps: //goo.gl/iTqwB6, Correo Farmacéuticohttps: //goo.gl/gmzMIM, Redacción Médicahttps: // goo .gl / 2Eb9he, FEAD https://goo.gl/T7cdT9 ), peroendichasnoticiassóloreplicabanlainformacióncontenidaenla nota de prensa. Véase https://goo.gl/F2L678, la nota deprensatieneunaerrataenlafecha, no es 8 demarzo 2016, sino 8 dejuniode 2016.]

¿Se avanzó en la apertura del gobierno?

Participación ciudadana: Marginalmente

A la fecha de elaboración de este informe de término, el avance de este compromiso de cuenta de un órgano constituido legalmente, con un reglamento en vigor y con el mandato público de todos sus vocales miembros. También damos cuenta de la conformación de un órgano con representación formal de otros actores fuera del gobierno, que pueden participar dentro de este Consejo en el desarrollo y análisis de las políticas de este sector. De acuerdo con una entrevista telefónica realizada a una OSC con representación en el Consejo, se ha confirmado que celebramos la reunión de constitución indicada en la nota de prensa, y que "falta todo por hacer". Una cuestión clave positiva es que, en su calidad de voz, los representantes de "sector social" tienen derecho a voto en este Consejo. Por otro lado, esperaba la formalización de esta participación, además de reducir costos, materializara un espacio más representativo y participativo para la toma de decisiones en la definición de políticas públicas, y esta esta cuestión se definió al nivel reglamentario. Sin embargo, el reglamento del Consejo no define este tipo de espacios, y remite a la Ley 40 / 2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por las razones expuestas, el investigador MRI valora el avance de este compromiso marginal para la participación ciudadana. Sin embargo, el Consejo es un órgano de representación sobre el que, pese a estar ya diseñado, no está claro aún que en su funcionamiento interno futuro se pueden generar espacios u oportunidades para los públicos más amplios, efectivamente, participen o influyan en la toma de decisiones.[Nota 67: En su reglamento no se asume tal posibilidad, y en sus normas de funcionamiento (artículo 6) remite a la Ley 40 / 2015 de Régimen Jurídico del Sector Público (artículo 17 y 18), que regula las convocatorias, las reglas y las actas de este tipo de órganos colegiados, y que no tome en cuenta estas cuestiones vinculadas a la apertura de espacios para el debate y la toma de decisiones participativas.]

¿Se llevó adelante?

A fecha de elaboración de este informe, el gobierno de España no había publicado un documento borrador o versión definitiva del III Plan de Acción en gobierno abierto. Dado lo anterior, no ha sido posible para el investigador IRM saber si el mismo contendrá algún compromiso que avance asociado a este compromiso. A fin de completar este compromiso y brindarle una dimensión más participativa, se recomienda:

  • Definir y hacer públicos el nombre, objetivos estratégicos, metas e indicadores asociados de los cuatro o más grupos permanentes que serán conformados, así como los integrantes del grupo plenario.
  • Hacer transparente el quehacer de este Consejo, publicando las actas de las reuniones celebradas por los distintos grupos de trabajo y el grupo plenario.

Asimismo, se reiteran las recomendaciones del informe de avance:

  • Explorar herramientas para aumentar la participación ciudadana en la toma de decisiones y en el trabajo diario del Consejo y sus grupos permanentes, como medio para potenciar “desde la base” esta medida, y abrir su carta.
  • Paralelamente, se recomienda mecanismos articulares de participación que requieran una coordinación adecuada con los distintos consejos locales y autonómicos sobre drogodependencias y conformados.

Compromisos

Open Government Partnership