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¿Cómo se relaciona el gobierno abierto con la violencia contra las mujeres en Brasil?

¿Qué tiene que ver el gobierno abierto con la violencia en contra de las mujeres en Brasil?

Bárbara Paes|

La violencia contra las mujeres es un fenómeno global que afecta la vida de innumerables mujeres cada año. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), alrededor de 1 en 3 (35%) las mujeres en todo el mundo han experimentado violencia física y / o sexual en parejas íntimas o violencia sexual sin pareja en su vida[i].. La OMS también indica que hasta el 38% de los asesinatos de mujeres son cometidos por un compañero íntimo masculino. En 2014, la población femenina brasileña llegó a más de 103 millones de personas, y se estima que el 20% de esas mujeres declararon haber sufrido algún tipo de violencia perpetrada por un hombre.[ii]. A pesar de la ocurrencia generalizada de violencia contra las mujeres, hasta hace una década, Brasil no tenía leyes específicas que prohibieran tales prácticas. Fue solo en 2006 que el país aprobó un proyecto de ley para prevenir y sancionar la violencia doméstica contra las mujeres, la Ley Maria da Penha.

Quien es Maria da Penha?

Maria da Penha sufrió violencia doméstica durante veintitrés años de matrimonio. En 1983, su esposo intentó asesinarla dos veces y como resultado de esos ataques, quedó parapléjica. Después del intento de asesinato, María reunió fuerzas para denunciarlo. El juicio duró más de diecinueve años y su esposo terminó cumpliendo solo dos años de cárcel. El 20 de agosto de 1998 Maria da Penha, junto con el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y el Comité Latinoamericano y Caribeño para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA. Derechos Humanos (CIDH), alegando que Brasil condonó la violencia intrafamiliar perpetrada por el esposo de María. Una vez analizado el caso, la Comisión reconoció que el caso de Maria da Penha fue parte de un patrón de discriminación evidenciado por la condonación de la violencia intrafamiliar contra las mujeres en Brasil a través de una acción judicial ineficaz. La Comisión consideró que las decisiones judiciales brasileñas en este caso revelaron ineficacia y negligencia y recomendó la adopción de medidas a nivel nacional para eliminar la tolerancia del Estado a la violencia doméstica contra las mujeres.[iii]. Maria da Penha se convirtió en un símbolo de la lucha para acabar con la violencia contra las mujeres y en 2006, cuando Brasil finalmente creó legislación para reprimir y prevenir la violencia doméstica contra la mujer, la ley recibió su nombre.

La ley de Maria da Penha

Antes de la promulgación de la Ley Maria da Penha, los casos de violencia contra la mujer se consideraban un delito menor y el castigo dependía en gran medida de la interpretación del juez. En ese contexto, muchas mujeres brasileñas no denunciaron las agresiones porque sabían que probablemente serían ignoradas por las autoridades y sus cónyuges no serían sancionados. La Ley Maria da Penha identifica como violencia doméstica y familiar contra la mujer cualquier acción u omisión basada en género que cause la muerte, lesiones, sufrimientos físicos, sexuales o psíquicos y daños morales o materiales. Una mejora importante que trajo esta ley es la velocidad en el manejo de los casos. Después de que la mujer presente la denuncia en la comisaría o juzgado, el juez tiene un plazo de hasta 48 horas para revisar su solicitud de protección.

La ley también ha aumentado la conciencia general sobre la violencia contra la mujer. En 2002, antes de la existencia de la Ley Maria da Penha, un estudio de la OMS estimó que alrededor del 20% de las mujeres que habían sido agredidas físicamente por sus maridos en Brasil permanecían en silencio y no denunciaban la experiencia, ni siquiera a sus amigas. y familia[iv]. Una encuesta realizada siete años después de la promulgación de la Ley Maria da Penha, mostró un escenario diferente: que el 86% del público cree que las mujeres deberían denunciar los casos de violencia doméstica a la policía[V]. La encuesta también demostró que el 98% de la población ha oído hablar de esta ley y una gran parte de la población siente que más mujeres informan gracias a la Ley Maria da Penha.

Acceso a la información

La violencia contra las mujeres es un tema que requiere una acción incisiva del Estado brasileño, a través de la promoción de políticas públicas orientadas a garantizar la seguridad de las mujeres. En este sentido, es imperativo que se esté y se ponga a disposición información de calidad. Uno de los mecanismos que buscó implementar la Ley Maria da Penha fue un Sistema Nacional de Datos sobre Violencia contra la Mujer. Este mecanismo sería una herramienta de prevención para ayudar en la lucha para poner fin a la violencia contra las mujeres: incluiría la publicación de estudios e investigaciones, estadísticas y otra información relevante, con perspectiva de género y raza, sobre las causas, consecuencias y frecuencia de la violencia doméstica. contra las mujeres. Los datos se organizarían a nivel nacional y los resultados se evaluarían periódicamente.

Este sistema de datos aún no se ha creado y la falta de información oficial sobre la violencia contra las mujeres en Brasil conlleva al menos dos complicaciones importantes. La primera, y más evidente, es la dificultad de elaborar políticas públicas destinadas a mitigar la violencia contra la mujer. La segunda complicación se deriva del hecho de que esta información es importante para que las mujeres puedan reconocer situaciones de violencia, sean conscientes de sus derechos y conozcan los servicios que pueden brindarles protección.

Gobierno abierto

Uno de los compromisos establecidos por la Segunda Plan de Acción en la pestaña Open Government Partnership es el desarrollo de un Sistema de Información sobre la Ley Maria da Penha. El sistema tenía como objetivo recopilar y almacenar información estandarizada sobre las políticas públicas relacionadas con la Ley Maria da Penha. los compromiso aún no se ha logrado por completo, pero se han dado pasos importantes para implementar el Sistema. Se realizaron reuniones interministeriales para discutir la implementación del compromiso con diferentes Ministerios e instituciones de investigación para construir y sistematizar información sobre Violencia contra la Mujer, lo que llevó a la definición de una estructura ideal para el Sistema de Información. Otro avance fue la obtención de valiosos datos de la línea telefónica gubernamental que funciona como Centro de Atención a la Mujer y que se ha convertido en un canal consolidado de información.

Sin embargo, durante la crisis política de 2016, la Secretaría de Políticas de la Mujer (organismo responsable del compromiso) se incorporó al Ministerio de Justicia y Ciudadanía, un cambio estructural que ha frenado la implementación del compromiso. Poco después de este cambio, ARTICLE 19 Brasil presentó solicitudes de información para determinar cuál de las políticas llevadas a cabo por la antigua Secretaría de Políticas de la Mujer continuaría en la nueva administración. La respuesta oficial dijo que la responsabilidad de la creación del Sistema de Información sobre la Ley Maria da Penha aún debe ser redefinida internamente, lo que significa que no hay una previsión de cuándo el compromiso será cumplido en su totalidad.

Los Estados tienen muchas obligaciones con respecto a la producción de información destinada a disminuir la discriminación y la violencia de género. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, celebrada en 1994, estableció que los países deben adoptar un conjunto de medidas y programas para garantizar el derecho de las mujeres a la justicia. Estas medidas incluyen la realización de investigaciones y la recopilación de estadísticas y datos sobre las causas, consecuencias y frecuencia de la violencia contra la mujer. Para mitigar la violencia contra las mujeres en el país, es imperativo que Brasil trabaje para cumplir esas medidas y eso incluye la implementación del Sistema de Información sobre la Ley Maria da Penha.


[i].              Organización Mundial de la Salud - http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs239/en/

[iii]             Comisión Interamericana de Derechos Humanos - Informe Nº 54/01, 2001. http://www.cidh.org/annualrep/2000eng/ChapterIII/Merits/Brazil12.051.htm)

[iv]            Estudio Multipais de la OMS sobre la salud de la mujer y violencia domestica, Organización Mundial de la Salud -  http://www.compromissoeatitude.org.br/wp-content/uploads/2012/08/OMS_estudiomultipais_resumendelinforme1.pdf