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Bosnia y Herzegovina

Concienciación sobre la propiedad efectiva (BA0018)

Noticias

De un vistazo

Plan de ACCION: Plan de acción de Bosnia y Herzegovina 2025-2027

Ciclo del plan de acción: 2025

Estatus

Instituciones

Institución líder: Ministerio de Justicia de Bosnia y Herzegovina

Institución(es) de apoyo: EU4CivilSociety

Áreas de política

Anticorrupción e integridad, Beneficiarios reales, Sector privado

Revisión de IRM

Informe de IRM: Revisión del Plan de Acción de Bosnia y Herzegovina 2025-2027

Resultados preliminares: pendiente de revisión del IRM

Diseño i

Verificable: Sí

Relevante para los valores de OGP: Sí

Ambición (consulta: definición): Bajo

Implementación i

Finalización: Pendiente de revisión del IRM

Descripción

¿Qué problema público abordará esta obligación?

La regulación de la cuestión de la propiedad efectiva y el establecimiento de registros de propietarios efectivos está estrechamente vinculada a la prevención del lavado de dinero y la financiación de actividades terroristas.

El documento Guía del GAFI: Transparencia y Beneficiario Final establece que la Recomendación 24 se aplica ampliamente a las «personas jurídicas», es decir, a cualquier entidad, distinta de las personas físicas, que pueda establecer una relación permanente de clientela con una institución financiera o poseer bienes. Esto puede incluir empresas, personas jurídicas, fundaciones, anstalt, sociedades o asociaciones, y otras entidades similares relevantes con personalidad jurídica. Esto puede incluir organizaciones sin fines de lucro (OSFL), que pueden adoptar diversas formas que varían según la jurisdicción, como fundaciones, asociaciones o cooperativas.

En particular, los países deberían revisar los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo asociados a estos otros tipos de personas jurídicas, considerar sus diferentes formas y estructuras y, en función del nivel de riesgo, determinar medidas que permitan lograr niveles adecuados de transparencia. Además, las autoridades competentes deberían tener acceso oportuno a información adecuada, precisa y oportuna sobre la titularidad real de estos otros tipos de personas jurídicas.

De acuerdo con el Informe de la Comisión Europea sobre la evaluación de los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo que afectan al mercado interior y están relacionados con las actividades transfronterizas, las organizaciones sin ánimo de lucro (OSFL) pueden estar expuestas a riesgos de ser utilizadas indebidamente con fines de financiación del terrorismo.

El análisis de la vulnerabilidad del sector de las OSFL al FT ha sido bastante complejo, ya que este sector se caracteriza por diversas estructuras y actividades que presentan distintos grados de exposición y concienciación sobre el riesgo. Esto se debe principalmente a la diversidad del panorama de las OSFL y a las diferencias en los marcos jurídicos y las prácticas nacionales. Las OSFL "expresivas" presentan cierta vulnerabilidad, ya que pueden estar infiltradas por organizaciones criminales o terroristas que pueden ocultar la titularidad real, lo que dificulta la trazabilidad de la recaudación de fondos. Por otro lado, algunos tipos de "OSFL de servicios" son más vulnerables directamente debido a la naturaleza intrínseca de su actividad.

En el documento del Ministerio de Seguridad de Bosnia y Herzegovina, "Evaluación del riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en Bosnia y Herzegovina para el período 2018-2022", se estima que existe un alto riesgo de vulnerabilidad al blanqueo de capitales, basándose en el análisis de 16 variables inherentes e intermedias a la práctica del sector de las ONG en Bosnia y Herzegovina. El informe señala que el sector de las ONG carece de suficiente concienciación sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y que es necesario concienciarlo sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Por lo tanto, esta obligación abordará el reto y la obligación de regular la cuestión de la titularidad efectiva de las ONG, así como su objetivo de sensibilizar e informar a las ONG sobre su importancia. Esto satisface la necesidad de seguridad y rendición de cuentas en el uso de los fondos, así como la necesidad pública de garantizar que la financiación se destine precisamente a las actividades a las que se destinan. Asimismo, esta medida también responde a la necesidad pública de seguridad nacional en la lucha contra la financiación del terrorismo.

¿Cuál es la obligación?

Esta obligación es esencialmente una continuación de la misma obligación del Segundo Plan de Acción, que, por razones objetivas, no pudo implementarse plenamente en el plazo previsto. Esta obligación incluye la celebración de cuatro (4) talleres para organizaciones de la sociedad civil sobre titularidad real, en los que se les informará detalladamente sobre este tema en el contexto de la mejora de la transparencia, la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, así como la elaboración de informes y posibles recomendaciones derivadas de los talleres celebrados.

¿Cómo contribuye la obligación a resolver el problema público?

Se espera que la implementación de esta obligación informe exhaustivamente a las OSC sobre la titularidad real, así como sobre las obligaciones de todas las personas jurídicas. Esto permitirá una mayor transparencia y una lucha más eficaz contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, en los que las OSC desempeñan un papel especialmente importante.

¿Por qué esta obligación es relevante para los valores de OGP?

La relevancia de esta obligación para los valores de OGP radica en que la regulación de las cuestiones de beneficiarios reales, así como el establecimiento del Registro de Beneficiarios Reales, está estrechamente relacionada con la prevención del lavado de dinero y la financiación de actividades terroristas, es decir, afecta directamente las tres prioridades clave de OGP:
- transparencia
- Lucha contra la corrupción
- Beneficiario real

La implementación de esta obligación también permitirá una mejor comprensión de los beneficios y la importancia de abrir los datos sobre la propiedad efectiva de las organizaciones de la sociedad civil, es decir, las organizaciones sin fines de lucro, que a menudo están expuestas al riesgo de lavado de dinero y financiamiento de actividades terroristas.

Hitos:

Determinar la forma y los lugares de celebración de los talleres. | 1 de marzo de 2025 – 15 de marzo de 2025
Preparar y publicar una convocatoria de talleres. | 15 de marzo de 2025 – 15 de abril de 2025
Realizar cuatro (4) talleres y elaborar informes y posibles recomendaciones. | 1 de mayo de 2025 – 1 de septiembre de 2025


Compromisos