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Albania

Establecimiento de la base de datos de jóvenes (AL0084)

General

De un vistazo

Plan de ACCION: Plan de acción de Albania 2023-2025

Ciclo del Plan de Acción: 2023

Estatus

Instituciones

Institución líder: Ministro de Estado para la Juventud y la Infancia

Institución(es) de apoyo: Agencia Nacional de la Juventud; Agencia Nacional para la Sociedad de la Información; NYC, New Era, Scidev, ANYN, Roma active Albania, red de voces juveniles

Áreas de política

Espacio cívico, Transformación Digital, Libertad de asociación, Inclusión, Jóvenes

Revisión de IRM

Informe de IRM: Revisión del plan de acción de Albania 2023-2025

Primeros resultados: revisión pendiente de IRM

Diseño i

Verificable: Sí

Relevante para los valores de OGP: Sí

Ambición (consulta: definición): Bajo

Implementación i

Finalización: Revisión pendiente de IRM

Descripción

Breve Descripción del Compromiso

El Consejo de Ministros a través de la Decisión N° 833, de fecha 24.12.2021, “Sobre la Modalidad de Establecimiento, Administración y Mantenimiento de la Base de Datos de la Juventud, así como la modalidad de su interacción con otras Bases de Datos del Estado”, ha posibilitado la establecimiento de la Base de Datos de Jóvenes como un registro electrónico de jóvenes (ERY) a ser administrado desde la Agencia Nacional de la Juventud y vinculado con otras bases de datos estatales tales como: registro judicial para el registro de OSFL, datos de beneficiarios finales, registro fiscal, sistema de información del sistema de planificación integrada (IPSIS). Los datos recopilados por el ERY serán utilizados por la Agencia Nacional de la Juventud y el Ministro de Estado para la Juventud y la Infancia para cumplir con sus responsabilidades institucionales de evaluación periódica de las condiciones de la juventud y para el desarrollo y seguimiento de políticas para la juventud basados ​​en evidencias. La Decisión del CoM también prevé que los jóvenes, los jóvenes nacionales o de la diáspora y las organizaciones juveniles y la Organización Representativa Nacional de la Juventud podrían registrarse en la base de datos de jóvenes y podrían acceder como espectadores a los datos en el ERY a través de una solicitud de divulgación de información pública a la NYA. Dichas personas y organizaciones podrían utilizar los datos de ERY para respaldar la investigación científica y estadística, los análisis, las evaluaciones y varios proyectos en el campo de la juventud, facilitando así su trabajo y mejorando la calidad de sus contribuciones, así como apoyando la rendición de cuentas pública por los compromisos realizados por centrales. y autoridades del gobierno local en apoyo de la juventud. Otros servicios públicos que se espera estén interconectados con la base de datos de jóvenes comprenden la gestión de las convocatorias anuales por parte de la NYA de todas las solicitudes presentadas por los jóvenes/para organizaciones juveniles para la provisión de la subvención estatal para jóvenes, la gestión por parte de MoSYC del Programa Nacional de Aprendizaje Laboral , etc.

Definición del problema

1. ¿Qué problema pretende abordar el compromiso? La Ley No.75/.2019, “De la Juventud” define los criterios de las organizaciones juveniles, para las organizaciones juveniles y la organización representativa nacional de la juventud y establece el marco para su participación en el proceso de consulta de políticas de juventud y la provisión de apoyo por parte del estado para sus actividades en el compromiso de los jóvenes. Actualmente no existe una base de datos exhaustiva disponible sobre la juventud y para las organizaciones juveniles que cumplan con los criterios legales y, como resultado, existen dificultades para su participación en la consulta de políticas de juventud o la financiación de su actividad. Además, la generación de información pertinente para apoyar la toma de decisiones a nivel central o local sobre políticas, programas e iniciativas en el campo de la juventud requiere la recopilación de datos confiables y su elaboración a través de métodos probados, por lo que se necesita el compromiso y la contribución de varias partes interesadas, que incluyen instituciones estatales, organizaciones de jóvenes/para jóvenes, redes de jóvenes y organizaciones representativas de jóvenes, y jóvenes. La Ley No.75/.2019, “Sobre la Juventud” prevé el establecimiento de la base de datos de jóvenes, con el objetivo de crear un instrumento para ser utilizado por instituciones estatales y partes interesadas no estatales por igual para recopilar e intercambiar información y datos sobre las condiciones de los jóvenes. y necesidades del país, así como apoyar los procesos de planificación, seguimiento, gestión y evaluación de las políticas de juventud a nivel central y local. El Consejo de Ministros mediante Acuerdo N° 833, de fecha 24.12.2021, “Sobre la Modalidad de Establecimiento, Administración y Mantenimiento de la Base de Datos de la Juventud, así como la modalidad de su Interacción con otras Bases de Datos del Estado”, ha posibilitado la establecimiento de la Base de Datos de Jóvenes como un registro electrónico de jóvenes (ERY) a ser administrado desde la Agencia Nacional de la Juventud. Si bien la decisión aclara aspectos como las categorías y los niveles de acceso de los usuarios y la finalidad del uso de los datos de la ERY, no ha especificado otros aspectos como el tipo o la cantidad de datos que se recopilarán a través de la ERY o la forma en que se elaborarán. para apoyar adecuadamente el trabajo de las instituciones estatales pertinentes y las partes interesadas no estatales.

2. ¿Cuáles son las causas del problema? En Albania, los datos utilizados para la evaluación de las condiciones de los jóvenes o la medición del impacto de los programas y políticas adoptados para los jóvenes se recopilan predominantemente ad-hoc, para adaptarse a los objetivos específicos de las instituciones estatales y otras partes interesadas, se intercambian aleatoriamente y rara vez están disponibles y utilizables. de los jóvenes y de la sociedad en general. Además, los estudios preparados a menudo se ven perjudicados por cuestiones sobre la precisión y la demostrabilidad de sus fuentes y, por lo tanto, es posible que los responsables de la toma de decisiones no los tengan en cuenta. En el estado actual, es muy difícil obtener datos actualizados y utilizables para informar los procesos de toma de decisiones sobre la juventud. Actualmente, la base de datos que aclarará qué organizaciones de la sociedad civil cumplen con los criterios legales estipulados por la ley para jóvenes/para organizaciones juveniles aún no está establecida, lo que dificulta su participación estructurada en la consulta de políticas, programas e iniciativas en el campo de la juventud o provisión de apoyo estatal a sus actividades.

Descripción del compromiso

1. ¿Qué se ha hecho hasta ahora para resolver el problema? El marco legal para el establecimiento de la base de datos de jóvenes fue establecido por el Consejo de Ministros mediante la decisión No. 833, de fecha 24.12.2021, “Sobre el método de establecimiento, administración y mantenimiento de la base de datos de jóvenes, así como el método de su interacción con otras Bases de Datos del Estado”. Actualmente no existen obstáculos para establecer una base de datos sobre juventud que cumpla con los criterios legales y apoye la toma de decisiones informada, la apertura y la rendición de cuentas en relación con las políticas, programas e iniciativas en el sector de la juventud.

2. ¿Qué solución propone? Establecimiento de una base de datos electrónica sobre la juventud de conformidad con la Ley n.º 75/2019 y la decisión del CoM n.º 833, de fecha 24.12.2021, como un instrumento que se utilizará para recopilar e intercambiar información y datos relacionados con las condiciones y necesidades de los jóvenes. en el país, así como apoyar los procesos de planificación, seguimiento, administración y evaluación de las políticas de juventud a nivel central y local. Implementación de este compromiso en cooperación con organizaciones de la sociedad civil de jóvenes/para jóvenes para garantizar una evaluación multinivel sobre el tipo y la cantidad de datos que se recopilarán a través del ERY y la forma más adecuada de elaborar dichos datos, para apoyar a las instituciones estatales en su decisión. realizando y mejorando el trabajo de los actores no estatales, promoviendo así la apertura y la rendición pública de cuentas en el ámbito de la juventud. Después de establecer la base de datos de jóvenes, se organizará una campaña de información a nivel nacional en conjunto con las OSC de jóvenes y para jóvenes enfocada en la promoción del registro a la base de datos de organizaciones de jóvenes, jóvenes y para jóvenes.

3. ¿Qué resultados queremos lograr con la implementación de este compromiso? El establecimiento de la base de datos de jóvenes tendrá como objetivo lograr los siguientes resultados: 1. Asegurar información y datos confiables, actualizados y utilizables en relación con las condiciones y necesidades de los jóvenes en el país, así como apoyar la toma de decisiones basada en evidencia en el campo de la juventud a nivel central y local. 2. Estipular la lista de organizaciones de la sociedad civil que cumplan con los criterios legales estipulados por la ley de jóvenes/para las organizaciones juveniles y podrían participar en la consulta de políticas, programas e iniciativas en el campo de la juventud y beneficiarse de la digitalización de la información pública. servicios, como la solicitud a la convocatoria anual de la NYA para la subvención estatal a la juventud. 3. Aumentar la apertura y la rendición de cuentas de las instituciones estatales nacionales y locales en el campo de la juventud mediante el suministro de datos a los jóvenes y las organizaciones de la sociedad civil para apoyar sus proyectos de investigación, análisis, evaluación y ejecución científica y estadística en el campo de la juventud. 4. Facilitar el intercambio de información y construir iniciativas conjuntas en el ámbito de la juventud.

Hitos | Resultados esperados | Fecha de finalización prevista

Finalización de la arquitectura de la base de datos, en relación a los datos a recolectar y sus funcionalidades. | La arquitectura de la base de datos y sus funcionalidades están finalizadas y aprobadas. | S II 2023

Finalización de los Términos de referencia para establecer la base de datos y publicar el aviso de contratación. | Se aprueban los términos de referencia para el establecimiento de la base de datos. Se emite el aviso de contratación para la base de datos. | S II 2023

Establecer y probar la base de datos de jóvenes. | La base de datos de jóvenes está establecida y probada. | SI 2024

Preparar e implementar una campaña de comunicación para el registro a la base de datos a nivel nacional. | Campaña de comunicación para el registro de OSC jóvenes/para jóvenes a la base de datos diseñada e implementada a nivel nacional. | S II 2024

Resumen de estado intermedio de IRM

Revisión del plan de acción


Compromiso 11. Base de datos de jóvenes

  • Verificable: si
  • ¿Tiene una lente de gobierno abierto? sí
  • Potencial de resultados: modesto

  • Compromisos

    Open Government Partnership