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Italia

Registro de propietarios beneficiarios (IT0059)

General

De un vistazo

Plan de ACCION: Plan de acción de Italia 2019-2021

Ciclo del Plan de Acción: 2019

Estatus

Instituciones

Institución líder: Ministerio de Desarrollo Económico (MISE) – Marco Maceroni

Institución(es) de apoyo: Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Unioncamere

Áreas de política

Anticorrupción e integridad, Beneficiarios reales, Género, Inclusión, Sector privado

Revisión de IRM

Informe de IRM: Informe de resultados transitorios de Italia 2019-2021, Informe de diseño de Italia 2019-2021

Primeros resultados: sin datos de IRM

Diseño i

Verificable: Sí

Relevante para los valores de OGP: Sí

Ambición (consulta: definición): Alto

Implementación i

Terminación:

Descripción

Trasfondo y objetivos

La lucha contra el lavado de dinero y el terrorismo internacional son objetivos comunes para todos los países democráticos del mundo. No solo la UE, sino también la OCDE (de ahí las economías de mercado libre más industrializadas) han establecido reglas para dificultar la vida de los lavadores de dinero y los terroristas. En particular, la última Directiva de la UE contra el blanqueo de dinero (5th AMLD) se centró en la transparencia de los datos sobre los beneficiarios reales. Se debe dar visibilidad total a la persona física que es el beneficiario final de las transacciones realizadas. Esta es una evolución importante del sistema hacia una mayor transparencia para el mercado (es decir, consumidores, empresas o todo el sistema económico que desean hacer negocios en términos éticos como administración y autoridad fiscal, de investigación y judicial) y, al mismo tiempo tiempo, para profesionales (incluidos bancos, compañías de seguros, profesiones, etc.) que, de acuerdo con la legislación, tienen que identificar al beneficiario efectivo antes de que se realice la transacción solicitada. Dentro de la legislación italiana se creó una sección especial del registro de empresas. El registro incluirá a todos los beneficiarios reales de compañías de responsabilidad limitada que, por definición, están incluidas en el registro de compañías. El mismo registro también incluirá a los beneficiarios reales de personas jurídicas privadas (incluidas en registros de prefecturas) y fideicomisos.

La principal innovación es que cualquiera puede acceder a la sección. No hay más limitaciones (como se prevé en el 4th AMDL) para entidades que tienen funciones específicas (es decir, fuerzas policiales, magistrados) o intereses (profesiones, bancos). Cualquier persona podrá acceder a la sección en el Registro de empresas, por curiosidad personal, para "familiarizarse" con su contratista, porque están obligados por ley (profesiones) a investigar. Claramente, la transparencia corre paralela a la protección del mercado y el intercambio de datos. La única excepción son los beneficiarios reales de los fideicomisos. La Directiva prevé un nivel de conocimiento más tradicional: abierto para quienes tienen que investigar y cooperar; de lo contrario, la solicitud se limita a aquellos que pueden probar un interés legalmente protegido.

La regulación de estos sistemas complejos garantiza que el mercado pueda tomar decisiones plenamente informadas gracias a la transparencia que ofrece el gobierno abierto.
Según la legislación, un propietario beneficiario es una o más personas físicas que son los beneficiarios finales de la transacción. Con el fin de implementar el registro anterior, la legislación define las diversas categorías de posibles beneficiarios reales, siguiendo un criterio de desplazamiento. En primer lugar, se trata de las personas físicas que poseen acciones del capital social (directamente o por medio de compañías subsidiarias o fiduciarias) que ascienden a más del 25%; Si nadie alcanza este límite, el beneficiario efectivo es la persona que controla la mayoría de los votos en la junta ordinaria de accionistas; Si este no es el caso, la persona que controla suficientes votos para tener una influencia dominante, sobre la base de la existencia de disposiciones contractuales específicas. Si ninguna de estas condiciones existe, se supone que es el CEO (presunción absoluta).

Los principales objetivos a alcanzar incluyen:
- cargando la gran cantidad de datos sobre beneficiarios reales en la sección. Los datos son muy complejos debido a la heterogeneidad de los requisitos (empresas ya incluidas en el Registro de empresas; personas jurídicas ya incluidas en Registros de Prefecturas, fideicomisos no registrados);
- almacenamiento preliminar de datos en la sección; El reglamento establece un plazo para que los destinatarios de la legislación (en primer lugar, las sociedades de responsabilidad limitada y las cooperativas) que figuran en el registro de empresas tengan que comunicar el nombre del beneficiario efectivo mediante los formularios digitales especiales desarrollados de conformidad con el art. 20 del Decreto Legislativo 231 (ver arriba). Estos datos se cargan en la sección correspondiente del registro y son el punto de partida del registro en el momento t0. Ese es el comienzo de la fase operativa de la sección del registro de empresas que se implementará siguiendo las modalidades mencionadas a continuación:
- mantener los datos ya incluidos en la sección, actualizándolos cada vez que cambia la propiedad;
- garantizar que la acción sea proporcionada al propósito (máxima transparencia sin imponer demasiadas cargas burocráticas a las entidades obligadas).

Compromisos
Esta acción tiene como objetivo proporcionar transparencia a los beneficiarios reales, para contrarrestar el lavado de dinero y prevenir la corrupción. Esta acción se implementa a través de:
- la adopción de normas técnicas y reglamentos de aplicación;
- establecer el registro y actualizarlo constantemente.

Si bien recordamos que tanto los AMN 4th como 5th se enfocan en la responsabilidad del cliente como un factor clave para verificar a los beneficiarios reales, necesariamente el contenido de la sección debe cumplir con los mismos principios. Esto implica que el sistema debe tener un control interno (al menos para las empresas) para garantizar la coherencia con la información contenida en el registro de empresas. Esto es cierto para el número o las respuestas obtenidas (mientras se alimenta la información) en comparación con el grupo de posibles beneficiarios reales (información conocida por la oficina); la información sobre los activos de propiedad se verifica luego (el registro de compañías, al menos para las compañías de responsabilidad limitada, contiene información actualizada sobre los beneficiarios reales que poseen más del 25% de las acciones; esto es más complicado para las sociedades anónimas donde la lista de accionistas es una imagen tomada cuando se produce el balance general - art.2435 del Código Civil - una imagen que está condenada a la obsolescencia rápida).

El último censo de Unioncamere (31 diciembre 2018) muestra que en Italia el 22% de las empresas está dirigido por mujeres. Esta cifra está creciendo ligeramente en comparación con el pasado, pero es muy reveladora. Debemos considerar que este porcentaje (en términos absolutos de mujeres de negocios de 1,337.000) incluye a todas las empresas italianas de todo tipo y a todos los mercados de productos. Durante la implementación, recopilaremos datos sobre la presencia de mujeres entre los beneficiarios reales en el Registro.

Sería pretencioso creer que esta acción es parte de una política de apoyo al emprendimiento femenino. Sin embargo, será interesante evaluar (cuando finalice la fase de carga) un nuevo indicador de género que puede proporcionar nuevas herramientas de evaluación para la formulación de políticas económicas y para la igualdad de género en el sector empresarial.

Administración principal
Ministerio de Desarrollo Económico (MISE) - Marco Maceroni

Otras administraciones involucradas
• Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), persona de contacto de Unioncamere Monitoring del Foro de Gobierno Abierto Transparencia Internacional - Italia - Davide Del Monte

Resumen de estado intermedio de IRM

3. Registro de beneficiarios reales

Para detalles de este compromiso, ver Informe de diseño de Italia 2019-2021.

Resumen de estado de fin de período de IRM

3. Registro de beneficiarios reales

Terminación: limitada

Hitos 3.1–3.5 (MISE, [ 46 ] MEF, [ 47 ] Unioncamere): Este compromiso buscaba desarrollar e implementar un registro de beneficiarios reales.

La quinta directiva contra el lavado de dinero de la UE (5AMLD) se transpuso oficialmente al sistema legislativo italiano en octubre de 2019 con el Decreto Legislativo 125/2019. [ 48 ] Entre diciembre de 2019 y febrero de 2020, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) realizó una consulta pública [ 49 ] sobre el texto del proyecto de decreto, [ 50 ] en el que se esbozaban las características del registro propuesto. Las organizaciones de la sociedad civil hicieron varias recomendaciones destacando la importancia de garantizar que el registro sea accesible de forma gratuita para todas las administraciones públicas y, eventualmente, para el público en general, dos elementos que no estaban previstos en el borrador. [ 51 ]

Varios organismos públicos, incluido el Consejo de Estado, examinaron el proyecto de decreto como parte del proceso de aprobación legislativa. [ 52 ] El Consejo criticó duramente [ 53 ] varios elementos del proceso de redacción, así como el contenido del borrador. [ 54 ] Su dictamen ha detenido efectivamente el proceso de creación del registro. Se ha solicitado al MEF que dé una respuesta razonada a las críticas del Consejo y que revise el proyecto de decreto. Esta revisión está en curso y se espera que finalice el 31 de diciembre de 2021. [ 55 ]

El 5AMLD transpuesto es el único hito completado como parte de este compromiso, ya que los otros hitos están en curso. [ 56 ] Un representante de Transparencia Internacional Italia [ 57 ] confirmó que el proceso se ha estancado desde la opinión del Consejo de Estado, y no está claro si se está revisando el texto o cómo. Confirmó que, según Unioncamere (responsable del hospedaje del registro), la estructura técnica está lista, pero su lanzamiento queda pendiente de la aprobación del proyecto de decreto.

[ 46 ] Ministerio de Desarrollo Económico
[ 47 ] Ministerio de Economía y Finanzas
[ 49 ] Ministerio de Finanzas y Economía, “Consultazione pubblica concernente lo schema di decreto Ministro dell'economia e delle finanze, di concerto con il Ministro dello sviluppo economico in materia di Registro della titolarità effettiva delle imprese dotate di personalità giuridica, delle persone giuridiche private, dei trust e degli istituti e soggetti giuridici affini (art. 21, coma 5, d.lgs. n. 231/07)” [Consulta pública sobre el borrador del decreto del Ministro de Economía y Finanzas…] (consultado en febrero de 2022) , http://www.dt.mef.gov.it/it/dipartimento/consultazioni_pubbliche/consultazioni_in_corso/consultazione_registro/index.html.
[ 50 ] Ministerio de Finanzas y Economía, “Il Ministro dell'economia e delle finanze di concerto con il Ministro dello sviluppo economico” [El Ministro de Economía y Finanzas en concierto con el Ministro de Desarrollo Económico] (consultado en febrero de 2022), http://www.dt.mef.gov.it/modules/documenti_it/regolamentazione_bancaria_finanziaria/consultazioni_pubbliche/BOZZA_SCHEMA_DM_TITOLARE_EFFETTIVO_-_CONSULTAZIONE.pdf.
[ 51 ] Estas OSC incluyeron a Oxfam Italia, Re:Common, Fondazione Finanza Etica, Avviso Pubblico y Transparency International Italy. Recomendaron definir el concepto de "riesgo desproporcionado" para el interesado (art. 1); identificar la entidad que se encargará de valorar la excepcionalidad de las circunstancias concurridas por quienes alegan oponerse al acceso (art. 1); identificar los canales de apelación contra una respuesta negativa al acceso (art. 1); hacer que el acceso sea gratuito para todas las administraciones públicas; prever la extensión del libre acceso a todos; y en caso de no identificación de beneficiarios finales, haciendo públicas las razones para ello. Sus comentarios completos al borrador del texto se pueden encontrar en: Transparencia Internacional Italia, “Registro Dei Beneficiari Effettivi: I Nostri Commenti Al Testo Del Decreto” [Registro de beneficiarios reales efectivos: Nuestros comentarios sobre el texto del decreto] (consultado en febrero de 2022) ), https://www.transparency.it/informati/news/registro-dei-beneficiari-effettivi-i-nostri-commenti-al-testo-del-decreto.
[ 52 ] El Consejo de Estado es un órgano consultivo jurídico-administrativo, cuyas tareas incluyen la realización de controles previos obligatorios de los proyectos de actos legislativos para garantizar que sean coherentes con las leyes primarias nacionales y con los procedimientos administrativos generales. Consejo de Estado, “Attività consultive” [Actividades de asesoramiento] https://www.giustizia-amministrativa.it/web/guest/attività-consultiva-cds
[ 53 ] Consejo de Estado, Consiglio di Stato Sezione Consultiva per gli Atti Normativi Adunanza di Sezione del 23 febbraio 2021 e del 9 marzo 2021 [Reunión de la Sección Consultiva de Actos Reglamentarios del Consejo de Estado del 23 de febrero de 2021 y 9 de marzo de 2021] (19 de marzo de 2021). XNUMX), https://www.ipsoa.it/~/media/Quotidiano/2021/03/22/antiriciclaggio-l-interminabile-attesa-del-registro-dei-titolari-effettivi/21CdS19mar%20pdf.ashx.
[ 54 ] Esto incluye, entre otros: limitada cooperación concreta entre el MEF y el MISE en la preparación del borrador; estructura de tiro débil; la falta de tener en cuenta la opinión de la Autoridad de Protección de Datos de Italia y sus preocupaciones sobre el alcance de los datos que se incluirán en el Registro (ver: https://www.garanteprivacy.it/home/docweb/-/docweb-display/docweb/9541019); la vaguedad de la terminología utilizada; la no designación de una entidad específica para el control de los controles, a pesar de indicar que dichos controles tienen carácter obligatorio; y la falta de especificación de medidas de implementación concretas para informar las discrepancias entre el beneficiario final como se indica en el registro y como lo identifican aquellas entidades que realizan verificaciones periódicas de diligencia debida en las empresas.
[ 55 ] Ministerio de Administraciones Públicas e Italia Open Gov., Allegato 1 Azioni ed impegni específicoi del 4 NAP; Ministerio de Administraciones Públicas, 4th Plan de Acción Nacional para el Gobierno Abierto 2019-2021 (OGP, 15 de julio de 2019), 26, https://www.opengovpartnership.org/documents/italy-action-plan-2019-2021/.
[ 56 ] El informe de autoevaluación del gobierno indica una tasa de cumplimiento del 20%, con el 80% del compromiso marcado como "en curso". Ministerio de Administraciones Públicas e Italia Open Gov., Allegato 1 Azioni ed impegni específicoi del 4 NAP.
[ 57 ] Susanna Ferro (Transparencia Internacional Italia), entrevista realizada por un investigador de IRM, 11 de noviembre de 2021.

Compromisos

Open Government Partnership